Modelo 720 del año 2022
El próximo 31 de marzo finaliza el plazo para presentar el modelo 720 del año 2022.

Recuerde que hasta el próximo 31 de marzo de 2023 debe presentarse el modelo 720 (Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2022. A estos efectos, tenga en cuenta que:
- Están obligadas a presentar esta declaración las personas que a 31 de diciembre de 2022 tenían cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero valorados en más de 50.000 euros.
- Si un contribuyente ya presentó el modelo 720 el año pasado o en años anteriores, sólo deberá volver a presentarlo si el valor conjunto de alguno de sus grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) ha aumentado en más de 20.000 euros respecto al que informó en su última declaración, o bien si ha dejado de ser titular o autorizado de alguno de los bienes declarados.
La obligación de volver a declarar solamente afecta a los “grupos de bienes” con variaciones. Así, si en la declaración de un ejercicio anterior un contribuyente informó de inmuebles y de depósitos (porque cada uno de estos grupos superaba los 50.000 euros) y en 2022 sólo las cuentas han sufrido cambios, únicamente deberá informar de estas (siempre y cuando su valor haya aumentado en más de 20.000 euros respecto a la anterior declaración).
Si es titular de bienes en el extranjero, consúltenos. Nuestros profesionales comprobarán si debe presentar este modelo y le ayudarán a cumplir con esta obligación.
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